martes, 3 de septiembre de 2024

Curso 2024-2025

Estimadas familias, de parte de todo el Equipo Docente, os damos la bienvenida a un nuevo curso escolar. Esperamos que hayáis descansado y disfrutado de unas merecidas vacaciones. 

Os recordamos que el miércoles 4 de septiembre habrá una reunión informativa para aquellas familias de nueva incorporación al centro en el siguiente horario:

        - de 3 años a 6º, a las 10:00h.

        - de 0-3, a las 12:00h.

Os dejamos el calendario escolar para este curso, tanto el de 3 años a 6º como el del primer ciclo de Educación Infantil.




En estos días os llegará un correo electrónico con información importante de cara al principio de curso.

Nos vemos en los próximos días. ¡Feliz vuelta a todos!



miércoles, 3 de julio de 2024

Listado libros para el curso 24-25

 Estimadas familias,

os dejamos el listado de libros para el próximo curso. Los alumnos lo llevaron en el sobre de notas.

Aquellos que sean de ACCEDE solo tienen que comprar lo que está marcado con X (el de religión es solo para los alumnos matriculados en religión).


















jueves, 23 de mayo de 2024

Beca comedor curso 2024-2025

 

Estimadas familias:

Se han publicado las bases reguladoras del procedimiento de concesión de becas para comedor escolar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para el próximo curso (24-25), que podréis encontrar en el siguiente enlace: BOCM-Beca comedor escolar curso 24-25.

Además de cumplimentar la solicitud, deberéis aportar la documentación necesaria con carácter general y la relativa a la modalidad para la que solicitéis la beca.

A continuación, os dejamos toda la información detallada acerca del procedimiento de solicitud, resolución y subsanación.

 Requisitos de los alumnos

Los alumnos deberán reunir los siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

 1)       Tener plaza de comedor escolar en centro debidamente autorizado y, además, hacer uso del comedor escolar al menos el 50 por 100 de los días lectivos para cada uno de los meses del curso. En caso de no hacerlo se perderá la beca y el derecho al uso.

2)       Los alumnos deberán pertenecer a familias que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: 

a)       Renta familiar por persona: disponer de una renta familiar por persona que no supere los 8.400 € durante el año económico 2022. Para este cálculo se tendrán en cuenta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.

b)       Renta Mínima de Inserción (RMI): algún miembro de la unidad familiar recibe esta prestación.

c)       Ingreso Mínimo Vital (IMV): Algún miembro de la unidad familiar recibe esta prestación y la renta familiar anual por persona es inferior a 8.400 € pudiéndose acreditar el IMV del 2022, 2023 o 2024. Para este cálculo se tendrán en cuenta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.

d)       Extinción de la RMI por IMV: Pertenecer a una familia que dejó de recibir la Renta Mínima de Inserción por recibir del Ingreso Mínimo Vital.

e)       Víctima de terrorismo: Algún miembro de la unidad familiar es víctima del terrorismo.

f)        Víctima de violencia de género: Algún miembro de la unidad familiar es víctima de violencia de género.

g)       Fuerzas y Cuerpos del Estado: Alguno de los progenitores pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil con destino en la Comunidad de Madrid).

h)       Acogimiento familiar: Alumnado en acogimiento familiar temporal, permanente o guarda con fines de adopción.

i)        Protección internacional: Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades (asilo o protección subsidiaria).

k)       Protección internacional temporal: Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de la protección temporal afectada por el conflicto de Ucrania.

 

Renta per cápita familiar

A los efectos del cálculo de la renta per cápita establecido en los artículos 5 y 8 de las normas reguladoras, se tendrá en cuenta la renta del ejercicio 2022.

Para calcular la renta per cápita de la unidad familiar se considerará como ingresos la cantidad resultante de operar del modo que se indica con las cantidades que figuran en las siguientes casillas de la declaración de IRPF del ejercicio 2022:

420 + 432 − 433 + 424 + 429 − 446 − 436 − 595

 

 Consideraciones de la solicitud

Una vez cumplimentada la solicitud, deberéis firmarla todos los progenitores o tutores y todos los mayores de edad de la familia que figuren en ella.

Al completar los datos familiares, se está declarando el número de personas consideradas para calcular la renta por persona.

Se pueden solicitar becas para varios hermanos en una única solicitud, así solo se necesita presentar la documentación una vez.

Al proporcionar el número de teléfono móvil y correo electrónico, se autoriza a la Dirección General de becas a comunicarse con usted sobre el estado de su solicitud. Se puede cancelar esta autorización en cualquier momento.

Si vuestro hijo aún no ha nacido en el momento de entregar la solicitud, deberéis proporcionar un certificado de fecha probable de parto para que compute como miembro de la unidad familiar.

 

Cuantía de las becas

Se establecen las siguientes cuantías de becas:

  • Familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o que se les haya extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital, 979 euros para el curso escolar.
  • Familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita inferior a 3.000 euros, 800 euros para el curso escolar.
  • Familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita desde 3.000 euros hasta 8.400 euros, familia con una renta per cápita inferior a 8.400 euros, familia víctima de violencia de género, víctima de terrorismo, con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o en acogimiento familiar, 445 euros para el curso escolar.


Las familias deberán abonar al centro la diferencia entre la beca concedida y el coste del precio del menú escolar.



Documentación a presentar

 Documentación relativa a la unidad familiar de todos los miembros a los que les aplique:

  • DNI/NIE.
  • Pasaporte (solo extranjeros sin NIE).
  • Libro de familia completo, certificado del Registro Civil o partida de nacimiento.
  • Certificado médico acreditativo de la fecha probable del parto (en caso de hijo todavía no nacido).
  • Certificado de defunción.
  • Certificado de discapacidad.
  • Documento que acredita la condición de incapacitado judicialmente.
  • Certificado de empadronamiento familiar.
  • Sentencia de divorcio o demanda de separación.
  • Convenio regulador o sentencia de relaciones paternofiliales.
  • Autorización firmada por todos los miembros mayores de 18 años para la aceptación de consultas de datos.

 

Documentación relativa a la renta familiar:

En caso de ingresos sujetos a IRPF: certificado que acredita la renta del ejercicio 2022, expedido por la agencia tributaria y con código seguro de verificación.

  

En caso de ingresos no sujetos a IRPF:

·         Informe de vida laboral de la Seguridad Social.

·        Nóminas o certificado del empleador o empleadores en el que se determine los ingresos del trabajador en el ejercicio.

En caso de no disponer de datos de ingresos por no disponer de DNI/NIE: Información fehaciente sobre la situación económica de renta del ejercicio 2022.

Documento que acredita ser beneficiario de la Renta Mínima de Inserción.

Documento que acredita la extinción Renta Mínima Inserción por ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

Documento que acredita ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

 

Documentación relativa a situaciones específicas:

  • Víctima de terrorismo: Resolución del Ministerio del Interior que acredita la condición de víctima del terrorismo.
  • Víctima de violencia de género: Orden de Protección emitida por un juez, sentencia condenatoria o medida cautelar o cualquier otra decisión judicial relacionada con los delitos mencionados.  
  • Personal de Cuerpo de Seguridad y Fuerzas del Estado con destino en Madrid: Certificado expedido por la Unidad de Personal a que se encuentre adscrito u órgano equivalente en el que se haga constar el miembro de la unidad familiar que es miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil) y está destinado en la CM.
  • Alumnado en acogimiento familiar: Resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar.
  • Protección Internacional: Resolución del Ministerio del Interior que reconozca esta condición de protección internacional en cualquiera de sus modalidades (asilo o protección subsidiaria).
  • Protección temporal: documentación que acredita de protección temporal (conflicto Ucrania).
  • Escolarización fuera de plazo: acreditación de la escolarización con posterioridad al plazo. Solo en los casos de ayudas de carácter excepcional.

 

        Lugar de presentación de las solicitudes

        Las solicitudes y la documentación que proceda podrán presentarse:

·        Preferiblemente en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través del siguiente enlace: https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2024-2025/tramitar

·         En 2º lugar, en las oficinas de asistencia en materias de registros: https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-ciudadano/cita-previa-oficinas-registro-atencion-ciudadano

·         En oficinas de entidades locales: Ayuntamiento.

·         En el centro docente en el que se dispone de plaza de comedor (desde el lunes 27 de mayo hasta el lunes 10 de junio).


Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será del 21 de mayo al 17 de junio, ambos inclusive.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde se pueden aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a la solicitud y consultar el estado de tramitación.

El plazo máximo de resolución es de 6 meses. El efecto del silencio será entendido como desestimatorio.

 

        Estado de la solicitud

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se elaborarán las listas en las que figuren aquellas que se han presentado y, en su caso, aquellas que resultan excluidas con indicación de la causa de exclusión. La consulta detallada de la situación de las solicitudes que figuren en las listas se podrá realizar en la página web institucional de la Comunidad de Madrid: https://gestiona2.comunidad.madrid/guay_pub/TipoAcceso.icm

Complementariamente a la publicación oficial en la página web, los interesados podrán informarse del resultado de su solicitud en las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la consejería competente en materia de Educación.

Si habéis indicado en la solicitud un número de teléfono móvil y/o una dirección de correo electrónico, una vez baremada la solicitud se enviarán mensajes informando de que la solicitud ha quedado como presentada o excluida.

Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de las listas en la página web institucional de la Comunidad de Madrid para subsanar la solicitud y/o documentación. Transcurrido el plazo sin que así se hiciera, se considerará que el solicitante desiste de su petición.

Cualquier situación que se desee acreditar mediante la documentación aportada con las alegaciones, deberá tratarse de una situación de fecha anterior a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, debiendo ser aportada por el interesado, presencial o telemáticamente, ya que en el plazo de subsanación no se realizará ninguna consulta de datos, aunque se haya autorizado en la solicitud.

 

La subsanación y la documentación se presentará preferentemente a través del:

·  Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid.

· En cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros o en el Ayuntamiento.

· En el centro público donde se dispone de la plaza de comedor.

 

        Resolución

La resolución de concesión o denegación de las becas solicitadas corresponde al titular de la consejería competente en materia de Educación. La orden de concesión determinará la cuantía de la subvención concedida.

La resolución se publicará en la página web institucional de la Comunidad de Madrid, donde también se podrá consultar la situación detallada de las solicitudes y, en extracto, a efectos del cómputo de plazos para la interposición de recursos, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Complementariamente a la publicación oficial en la página web, los interesados podrán informarse del resultado de su resolución en las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la consejería competente en materia de Educación.

Contra la resolución de concesión y denegación de las becas podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la consejería competente en materia de Educación.

 

        Compatibilidad de las ayudas

La beca para el comedor escolar de la Comunidad de Madrid es compatible con otras ayudas o becas con finalidad similar, provenientes de la propia Comunidad de Madrid, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares nacionales o internacionales, siempre que, sumadas ambas, no se supere el coste del servicio de comedor escolar.


Os recomendamos que la solicitéis de manera digital, pero en caso de no poder hacerlo de esa manera, podéis descargar la solicitud aquí o pedirle una copia en papel al conserje. Importante: letra clara para evitar posibles errores.

lunes, 29 de abril de 2024

Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo

 Estimadas familias,

Desde mañana, 30 de abril, y hasta el 13 de septiembre de 2024, se abre el plazo de presentación de solicitudes para las becas ACNEAE.

A continuación os dejamos una infografía con los detalles más importantes y un enlace al PDF que nos ha compartido el equipo de orientación de Las Rozas de Madrid con más información y los enlaces para rellenar la solicitud.


Como todos los años, aquellas familias que necesiten ayuda, pueden solicitarlo en la secretaría del centro y tanto Cristina (PSC) como María (secretaria) estaremos a vuestra disposición concertando cita previa.

martes, 2 de abril de 2024

Escolarización 2024-2025. Admisión del 3 al 16 de abril

 Información complementaria al proceso de admisión para el curso 2024-2025:

PRIMER CICLO ED. INFANTIL:

SEGUNDO CICLO ED. INFANTIL Y PRIMARIA:
Os recordamos que desde mañana, 3 de abril, ya se puede cumplimentar la solicitud de admisión. Se puede hacer de manera online o presencial. Para la entrega de solicitud presencial es necesario solicitar cita previa en la secretaría del centro.

Para más información, consultar la pestaña superior de información a las familias para el proceso de admisión.